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DERECHOS INDÍGENAS |
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LEY
PROVINCIAL Nro. 1610 Santa
Rosa, La Pampa, 29 de diciembre de 1994. CONVENIO MINISTERIO DEL
INTERIOR- CAMPAÑA HACIA UNA SOCIEDAD CON TODOS. BOLETIN
OFICIAL, 3 de Febrero de 1995 MINISTERIO
DEL INTERIOR-CONVENIO-COOPERACION-CAMPAÑA HACIA UNA SOCIEDAD CON
TODOS-DISCAPACITADOS-INTEGRACION DEL DISCAPACITADO-DESASTRES
ECOLOGICOS-ATENTADOS CONTRA LA COMUNIDAD-COLECTIVIDADES EXTRANJERAS-ZONA
DE FRONTERA-INDIGENAS-VETERANOS DE GUERRA. LA
CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY: Artículo
1.- Apruébase el convenio de Cooperación, Asesoramiento y Asistencia Técnica
para el Desarrollo de la Campaña HACIA UNA SOCIEDAD CON TODOS,
suscripto el 18 de octubre de 1994 entre el Ministerio del Interior de
la Nación y la Provincia de La Pampa.Dicho Convenio con sus anexos I y
II, forma parte integrante de la presente Ley. Artículo
2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.- ANEXO
A: CONVENIO DE COOPERACION Cláusula
1: El Ministerio ejercerá sus atribuciones mediante la Subsecretaría
de Relaciones con la Comunidad y la Gobernación lo hará a través de
la Subsecretaría de Promoción y Asistencia de la Comunidad.- Cláusula
2: Este convenio se inscribe en el marco de las atribuciones previstas
en la resolución nro. 1422 de fecha 30 de diciembre de 1993, del
registro del Ministerio que la Subsecretaría representa y que como
Anexo I, forma parte del mismo. Cláusula
3: Ambas partes, se comprometen a impulsar y desarrollar la Campaña
HACIA UNA SOCIEDAD CON TODOS apoyando y participando de su ejecución.- Cláusula
4: El lanzamiento de la campaña está previsto a partir de la suscripción
del presente acuerdo.- Cláusula
5: Se deja establecido que todas las acciones a encarar en el marco del
presente convenio se canalizarán a través del Programa para la Plena
Integración de las Personas con Discapacidad de la Subsecretaría de
Relaciones con la Comunidad creado por Resolución Ministerial citada en
el artículo 2.- Cláusula
6: En función del objetivo planteado el Ministerio, brindará
asistencia técnica y asesoramiento para la realización de una campaña
de divulgación en todo el territorio provincial (Anexo II).- Cláusula
7: La Gobernación se compromete a realizar esta campaña a través de
todos sus Municipios, que a su vez lo deberán hacer extensivo a todos
los establecimientos educacionales de la Provincia.- Cláusula
8: La Gobernación invitará a colaborar a las Organizaciones No
Gubernamentales de y para personas con discapacidad y a las Fuerzas
Vivas Provinciales en la ejecución de la campaña.- Cláusula
9: El Ministerio y la Gobernación realizarán en conjunto las
actividades de evaluación y ajuste que surjan de la implementación de
la campaña.- Cláusula
10: Las partes establecen que el presente convenio comenzará a regir a
partir de su firma y tendrá vigencia hasta que las mismas manifiesten
su voluntad de rescindirlo, debiendo comunicarse tal decisión con una
antelación no inferior a los sesenta días.- Cláusula
11: Las partes fijan domicilio especial en los precedentemente señalados,
en los cuales serán válidas todas las notificaciones derivadas del
presente.- Leído por
las partes, prestan su total conformidad y firman dos ejemplares de un
mismo tenor y a un solo efecto.- ANEXO
B: RESOLUCION 1422 MINISTERIO DEL INTERIOR OBSERVACION
- INTEGRACION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD. En cumplimiento a lo
dispuesto en el Decreto 263/94, la Subsecretaría participa en una
Comisión Interministerial para la plena integración de personas con
discapacidad con la misión de colaborar con la creación de comisiones
provinciales y municipales conformadas por organismos gubernamentales y
organizaciones no gubernamentales de o para personas con discapacidad. Artículo
5.- Apruébase el Programa de POBLACION INDIGENA que como Anexo V forma
parte de la presente. Artículo
8.- La Subsecretaría de Relaciones con la Comunidad será el organismo
de aplicación de los Programas mencionados en los artículos
anteriores, debiendo auditar sobre su cumplimiento e informar sobre el
desarrollo de los mismos. Artículo
9.- El Subsecretario de Relaciones con la Comunidad suscribirá con los
Organismos no Gubernamentales los conveniosnecesarios para el
cumplimiento de los objetivos del Programa que se aprueba por la
presente Resolución. |
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