El 11 de agosto de 1994, representantes de Pueblos Indígenas, desde sus territorios en todo el país, llegaron a la ciudad de Santa Fe para participar, luego de años de lucha, de un hito histórico: la Convención Nacional Constituyente trataría la incorporación de los Derechos Indígenas en la Reforma de la Constitución Nacional.

Hasta ese momento, regía el artículo 67 inciso 15 de la Constitución Nacional de 1853, que establecía que correspondía al Congreso Nacional “Proveer a la seguridad de las fronteras; conservar el trato pacífico con los indios y promover la conversión de ellos al catolicismo”.

Durante el proceso convencional, los representantes de los Pueblos Indígenas tuvieron un rol protagónico. Su presencia constante fue clave para alcanzar el reconocimiento de sus derechos. A Santa Fe viajaron miembros de los Pueblos Chané, Mbya Guaraní, Tupi Guaraní, Kolla, Mapuche, Mocoví, Pilagá, Qom, Diaguita Calchaquí, Tapiete y Wichí, quienes impulsaron con firmeza la inclusión de sus demandas.
A mediados de junio, el tema indígena comenzó a tratarse en la Comisión de Nuevos Derechos y Garantías, que elaboró el texto luego remitido a la Comisión de Redacción. Finalmente, el 11 de agosto, se aprobó por unanimidad el inciso 17 del artículo 75, que reconoce los Derechos Indígenas, otorgando un respaldo legal largamente esperado después de 141 años de la Constitución de 1853 y sus reformas:
“Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural. Reconocer la personería jurídica de sus comunidades y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano. Ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten. Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones”.
Esta afirmación constitucional comenzó a saldar parte de la deuda histórica de la Nación con los Pueblos Indígenas. El reconocimiento de su preexistencia étnica y cultural por parte del Estado argentino les dio herramientas jurídicas sólidas para fundamentar sus reclamos, especialmente en materia territorial.

Hoy, a 31 años de aquella conquista, las provincias de Santa Fe y Formosa atraviesan procesos de reforma constitucional. En Santa Fe, la propuesta incluye la incorporación de los derechos indígenas en el texto provincial, mientras que en Formosa se busca actualizar, entre diversos aspectos, el reconocimiento y la garantía de derechos para los Pueblos Originarios. Estos debates provinciales reafirman la vigencia y la necesidad de seguir profundizando los avances logrados en 1994, para garantizar el pleno ejercicio de los derechos reconocidos por la Constitución Nacional.

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