JUJUY- Continúa la violación sistemática de los derechos constitucionales en la Comunidad Tilquiza

Nuevamente el terrateniente Daniel Verzini impide el paso por el camino ancestral de la Comunidad Ocloya, reconocida por la Ley 26160 vigente por Decreto 805/2021. El domingo 11 se realizó una asamblea ante el despojo y la nueva colocación de un candado.

La Comunidad denuncia hostigamiento, violencia e imposibilidad de circular y acceder libremente a su Territorio Ancestral. El Poder Judicial de la provincia de Jujuy no está atendiendo los derechos adquiridos del Pueblo Indígena.

La Comunidad denuncia hostigamiento, violencia e imposibilidad de circular y acceder libremente a su Territorio Ancestral. Foto: Gentileza.

Esta situación generada en el camino lindante a la Escuela Primaria 329 de Tilquiza, ubicada a 17 km de San Salvador de Jujuy, les han impedido el paso y el libre tránsito, provocando el desabastecimiento de insumos indispensables para la subsistencia ya que no pueden transportar víveres y mercaderías.

Ante este difícil panorama, la Comunidad se declara en asamblea permanente y consensuó en llevar adelante una medida extrajudicial en defensa legítima de su Territorio. “Exigimos a la jueza Ana María del Huerto Sapaj que aplique urgente los derechos adquiridos por los Pueblos Indígenas, que el Estado reconoció a nivel nacional e internacional”, manifestaron desde Consejo de Delegados de Comunidades Aborígenes del Pueblo Ocloya.

A esta situación se le suma la presión y amenaza tanto de la justicia jujeña como de la policía de la Comisaría 3ra. a la Comunidad, que fue intimada este lunes 12 de septiembre, a retirarse del lugar donde se encontraba protestando por el libre acceso a su territorio, en el término de 48 horas.

Lo grave es que la Comunidad esdespojada de su propio territorio.

El día 13 de septiembre se denunció un nuevo acto de despojo a través de la intimación del ayudante fiscal Dr. Iván MonaldiPancich, con intervención y directivas del Fiscal Dr. Alejandro Maldonado del Ministerio Público de la Acusación de la provincia de Jujuy, disposición que además avalaría la violación de la Medida cautelar de Prohibición de Innovar en Expte. B-246580/2010 contra terrateniente Verzini, quien intenta talar y sacar madera. La intimación omite reconocer que el lugar de conflicto es territorio comunitario reconocido por la Ley 26160. 

Los integrantes de la Comunidad realizaron, desde el 15 de julio, múltiples denuncias registradas y acumuladas en Exptes. Nº 327-CST/22 y 393-CST/22 por el mismo motivo, pero sin respuesta del fiscal interviniente.

“El portón con candado implica impedimento de paso y al libre tránsito por camino ancestral reconocido por ley en ingreso a territorio comunitario, además pone en riesgo la vida del anciano miembro de la Comunidad, Justo Rufino Gaspar, de 82 años, quien padece serias complicaciones de salud, quien hoy se encuentra aislado”, mencionan desde la Comunidad, que espera un rápido actuar de la justicia, “el cese de los hechos que violan derechos Constitucionales y provocan inseguridad jurídica, como así también se requiere que en el marco de interculturalidad, se de participación al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas y a la Secretaría de Pueblos Indígenas de la Provincia de Jujuy, como Organismos del Estado, garantes de los derechos de los Pueblos Indígenas”.

“Este impedimento de paso viola todo derecho constitucional, derechos humanos y la Ley 26160. Solicitamos acompañamiento y urgente intervención de organismos garantes de los derechos de los Pueblos Indígenas y de derechos humanos ante la jueza”, manifestó preocupado a Gajos Néstor Jerez, cacique del Consejo de Delegados de Comunidades Aborígenes del Pueblo Ocloya (CDCAPO) y delegado de Organizaciones de Pueblos Indígenas del NOA (OPINOA).

En los últimos años, la Comunidad ha denunciado en reiteradas oportunidades un sinnúmero de intentos de despojo y amenazas de muerte. Esto atenta no solo contra su integridad física y psíquica sino también contra su cultura y espiritualidad.

La lucha en defensa del territorio ancestral es permanente. El territorio no se negocia, porque es parte de la identidad, de la vida. El derecho a la Tierra y al Territorio forma parte de los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas; estos deben ser garantizados por el Estado argentino, quien ha ratificado el Convenio 169 de la OIT, siendo en este caso el Poder Judicial el encargado de velar por el cumplimiento de las obligaciones internacionales que fueron asumidas, pero no lo está haciendo.

El Poder Judicial no puede argüir desconocimiento de las normas vigentes por lo que permite  poner  en duda la imparcialidad de  sus resoluciones violatorias  de  los derechos indígenas.

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